14 de diciembre de 2018

¿Para qué sirve un claustro de graduados?


Por Mariano Duna

En principio, podríamos decir que un claustro de graduados reúne a quienes obtuvieron un título de carrera de grado universitaria. La participación de estas personas en el cogobierno de una facultad resulta muy importante para aportar una perspectiva actualizada e interesada respecto de la inserción profesional y el ámbito de injerencia de una carrera; esta mirada será fundamental a la hora de -por caso- pensar la reforma de un plan de estudios.  
Ahora bien, en el caso de la Universidad de Buenos Aires, el claustro de graduados de cada Facultad incluye también a los docentes auxiliares que trabajan en esa institución. Tal como lo establece el artículo 106 del Estatuto Universitario, “el Consejo Directivo [de las Facultades] está integrado por ocho representantes por los profesores; cuatro representantes por los graduados, uno de los cuales, por lo menos, deberá pertenecer al personal docente, y cuatro representantes por los estudiantes”.
Esta composición plantea al menos dos tensiones. En primer lugar, otorga una mayor representación al grupo menos numeroso -los profesores titulares- y, por otra parte, reúne en un mismo claustro a dos grupos que no necesariamente se preocupan por los mismos asuntos: los graduados propiamente dichos y los docentes auxiliares que trabajan en la facultad.
Esta situación podría resolverse si se incluyeran a todos los docentes en un mismo claustro (para lo que sería necesario que los profesores aceptaran ceder su hegemonía simbólica y se rebajaran a compartirla con docentes de menor categoría) y si quedara formado, de esta manera, un claustro de graduados “puros”, es decir, de profesionales de una carrera que no sean además trabajadores docentes de la facultad.
El Consejo de Escuela Resolutivo de los Establecimientos de Enseñanza Secundaria dependientes de la UBA replica, en cierta forma, la composición de los Consejos Directivos de las Facultades, pero con una composición en principio más “virtuosa”: ocho representantes de los docentes (6 profesores y 2 preceptores/auxiliares docentes), cuatro representantes de los estudiantes, dos representantes de los graduados y un representante de los nodocentes con voz pero sin voto. Sin embargo, creemos que esta composición presenta un problema.
Las condiciones para acceder a la representación por el claustro de graduados en una escuela media de la UBA son haber obtenido el título secundario en esa institución y haberse anotado en el padrón correspondiente para la votación. No hay ningún tipo de restricción de edad (cantidad mínima de años transcurridos desde el egreso, por ejemplo) o requisito en la formación del graduado (que haya obtenido un título universitario en la UBA o que sea docente de escuela secundaria, por mencionar dos posibles alternativas). La ausencia de estas exigencias -que implicarían un voto calificado y se alejarían de principios democratizadores- parece ser sin lugar a duda preferible a su instauración.
No obstante, no podemos evitar preguntarnos: ¿qué motiva a un egresado del CNBA o del Pellegrini a participar en el CER como representante por el claustro de graduados? Si el egresado es un docente interino de la institución -que no puede votar ni ser votado por el claustro docente, sólo accesible para docentes titulares-, podríamos suponer que su motivación es participar del cogobierno de la institución en la que trabaja; en este caso, el claustro de graduados del CER funcionaría de manera similar al de las Facultades y ofrecería la posibilidad de compensar una falta de representación. Si, en cambio, el consejero es un graduado que no trabaja en la institución y que realizó estudios vinculados con -por ejemplo- Ciencias de la Educación o alguna de las áreas de conocimiento que se desarrollan en el colegio, podríamos suponer que se trata de alguien que se preocupa por la formación que la institución media brinda de cara al inicio de una carrera universitaria o alguien que busca retribuir con su formación universitaria a la institución que le brindó la educación secundaria; en este caso, estaríamos frente a un graduado propiamente dicho.
 Pero si no se trata de ninguno de estos casos, ¿qué hace un representante del claustro de graduados de una escuela secundaria?  Sin pretensión de ejercer juicios de valor, intuimos que su actividad puede vincularse con una motivación laboral (obtener un cargo rentado para desarrollar una determinada tarea), sentimental (sostener el vínculo con el lugar donde uno pasó su adolescencia) o vocacional (confirmar sus intereses mientras transcurre sus primeros años como bachiller).
Cualquiera de estas tres motivaciones imaginadas sería mucho mejor que una cuarta: una motivación pretendidamente política que consiste en reproducir y trasladar al CER la militancia pasada estudiantil o la militancia presente adulta. Pero si fuera así, ¿cuál sería el problema? ¿No es una función de estas escuelas formar para la participación política? Es verdad; lo que ocurre es que antes que para funcionar como un Club de Caballeros donde se juega a la política, el CER debería servir para indagar colectiva y democráticamente en la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje. Y, en este sentido, tal vez tengan mucho más para aportar -con voz y voto- los trabajadores nodocentes que los consejeros graduados con escasa perspectiva y formación pedagógica, independientemente de cuál sea su derrotero partidario.

5 de diciembre de 2018

Comparación de dos Proyectos de Gestión para la Rectoría del CNBA y de la ESCCP 2019-2023


Por Mariano Duna y Manuel Sánchez

En los últimos días, distintos artículos periodísticos han señalado a las profesoras Valeria Bergman y Ana María Barral como las principales candidatas para ocupar, respectivamente, el cargo de Rectoras del Colegio Nacional de Buenos Aires y de la Escuela Superior de Comercio Carlos Pellegrini.
Al igual que hicimos con las candidaturas presentadas para conducir la Rectoría del CNBA, en La Gaceta del Buenos Aires nos propusimos realizar una comparación de los dos proyectos encabezados por las docentes señaladas.
Un resumen del resultado de nuestro trabajo puede consultarse a través de este LINK; también pueden leerse los dos documentos de forma paralela descargando el Proyecto para el CNBA y para la ESCCP. En cada archivo se encuentra resaltado y enumerado cada fragmento o secuencia en el que se observan coincidencias, tal como se muestra en la siguiente imagen:

Muestra de  la mirada comparativa que puede realizarse descargando y abriendo los dos proyectos.

A partir de la observación de los materiales, podemos notar lo siguiente: 

-          Los Proyectos de Bergman y Barral son, en cierta forma, el mismo. Entre ambos solo existen pequeñas diferencias vinculadas con algunos de los siguientes aspectos:

o   Adaptación del texto a particularidades específicas de cada institución: por ejemplo, para el CNBA se habla de la “determinación orgánica” del cargo de Regente General y para la ESCCP de su “creación”. 
     Sin embargo, en algunos casos estas adaptaciones no se realizan y se mencionan características de la ESCCP como si fueran también las del CNBA (por ejemplo, se hace referencia a escaleras que “envuelven” los ascensores), o se proponen como novedades iniciativas que ya existen. Algunos ejemplos: en el Proyecto del CNBA se desconoce la existencia de tres Consejos de Convivencia -uno por turno-, el actual empleo de un sistema de gestión escolar informatizado, la asignación de tres tipos de becas -del CNBA, de la UBA y de la Asociación Cooperadora- y el envío periódico de Cartas del Rector en las que se informa sobre la participación de estudiantes en Olimpíadas y Certámenes. También se propone crear la “Dirección General de Orientación” -equivalente a la Dirección de Orientación al Estudiante ya existente- y “continuar desarrollando las Jornadas de Socialización de Experiencias Educativas”, que no se organizan actualmente en el Colegio.

 o   Utilización de términos similares para referirse a un mismo fenómeno: “Ipad, tablet, mp3” en el CNBA y “pantallas táctiles enlazadas al internet, celulares como herramientas de búsqueda” en la ESCCP; o"Espacios informales de intercambio y aprendizaje cooperativo" en el CNBA y "Espacios no formales de intercambio y aprendizaje cooperativo" en la ESCCP, por ejemplo.

 por ejemplo.

o   Utilización de lenguaje inclusivo: “ellxs” en el Proyecto de la ESCCP; “ellos” en el del CNBA, entre otros casos similares.

o   Cambios que implican una distinta carga valorativa: “Lxs profesores suelen compartir algunos rasgos que hacen a su función” (ESCCP) y “Las y los profesores suelen padecer algunos rasgos que hacen a su función" (CNBA), por ejemplo.

-          El Proyecto de Barral está prácticamente incluido en el de Bergman; en este último se agregan referencias a más autores (Octavi Fullat, David Morley, Edgar Morin, Zygmunt Bauman, Florencio Sánchez) y se desarrollan con mayor extensión propuestas en torno a la ESI, la Convivencia Escolar y la Participación Juvenil (si bien se duplica -seguramente por un error en la edición- una sección correspondiente a la caracterización del contexto).

Sin la intención de realizar valoraciones sobre la propuesta pedagógica de los dos proyectos, creemos necesario realizar la siguiente reflexión.
De acuerdo con la Resolución CS 1504/2010, cada docente que presente su candidatura para estar a cargo de la Rectoría de un establecimiento de enseñanza secundaria de la UBA, debe presentar un proyecto institucional que luego es puesto a consideración del Consejo de Escuela Resolutivo de cada institución (y de toda la comunidad, a través de la web) junto con  sus antecedentes. Para que este trámite sea algo más que una formalidad e implique un genuino trabajo pedagógico de diagnóstico, planificación y evaluación, los proyectos en cuestión deberían ser específicos para cada escuela o colegio y propios de un/a docente o de un grupo de docentes, en cuyo caso la autoría colectiva debería especificarse (de hecho, el proyecto de Barral está firmado también por Federico Oliva).
En muchas ocasiones se piensa la democratización como una simple forma de elección de autoridades. Tal vez la principal reivindicación no sea que estudiantes, docentes y nodocentes podamos elegir a la persona que quede circunstancialmente al frente de una Rectoría; acaso sea preferible alentar que quienes son representantes en el CER de cada institución y en el Consejo Superior de la Universidad expliciten sus criterios a la hora de tomar las decisiones y especifiquen si lo hacen teniendo en cuenta una propuesta pedagógica, una trayectoria académica, una experiencia de gestión o una serie de acuerdos políticos.
Ningún criterio es necesariamente superior a otro: la mejor propuesta educativa puede naufragar si es comandada por alguien con poca capacidad de liderazgo; y, a la inversa, docentes con credenciales humildes pueden mostrarse muy hábiles para la gestión. Sin embargo, como educadores creemos que no debemos renunciar a nuestra capacidad de análisis crítico y que la gestión, como todo arte, tiene siempre un componente de ciencia que muchas veces se subestima.
Lo que debería prevalecer, en todo caso, es la transparencia y la honestidad intelectual. De lo contrario, podrían generarse falsas expectativas en torno a instituciones que se reconocen por -y muchas veces se jactan de- la excelencia académica y la meritocracia.